Discriminación de las personas discapacitadas.

Discriminación de las personas discapacitadas

A partir de hoy, cualquier vulneración de las normas de accesibilidad o igualdad de oportunidades podrá acarrear multas de hasta un millón de euros

«Cualquier discriminación que afecte o tenga como víctima a una persona con discapacidad puede y debe ser denunciada». Así de rotundo se muestra el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) en un informe elaborado por el departamento de Asesoría Jurídica. La consigna trata de defender los derechos de los 3,5 millones de personas con alguna discapacidad física, sensorial o psíquica que viven en España. A partir de hoy, tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la sociedad cuenta con un nuevo instrumento para alcanzar la igualdad real y efectiva: la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, que establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

  • Autor: Por AZUCENA GARCÍA
  • Fecha de publicación: 27 de marzo de 2008

Contenido de la norma

El actual ordenamiento legal cuenta con varias normas para garantizar la igualdad de las personas discapacitadas. La Ley de Integración Social de Minusválidos (LISMI) y la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU) son las más destacadas. Sin embargo, a partir de hoy se une a ellas un nuevo instrumento: la Ley que establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Su entrada en vigor es acogida con tanta esperanza como cautela, tras varias denuncias de incumplimiento de la normativa existente. «Es un avance que haya una ley de sanciones, pero pedimos que se cumpla y, sobre todo, que se aplique», subraya el presidente de la Federación de Asociaciones de Personas con discapacidad física y orgánica de la Comunidad de Madrid (FAMMA), Javier Font.


(Imagen: Daniel Lobo)

El objetivo de la nueva norma es, como su nombre indica, establecer un régimen sancionador «eficaz» ante las infracciones que vulneren la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Se considera que estos principios se incumplen cuando se producen acosos, vulneración de las exigencias de accesibilidad, falta de respeto a las medidas de acción positiva y discriminaciones directas o indirectas, esto es: cuando en una situación análoga o comparable una persona con discapacidad es tratada de manera menos favorable que otra que no lo es o cuando una disposición legal, una decisión unilateral o un criterio colocan en desventaja a una persona discapacitada.

Las personas discapacitadas buscan terminar con cualquier resquicio de hostilidad o entorno «intimidatorio, degradante, humillante u ofensivo»

La elaboración de la norma contó con la participación del Cermi estatal como transmisor de las peticiones de las personas discapacitadas, interesadas en terminar con cualquier resquicio de hostilidad o entorno «intimidatorio, degradante, humillante u ofensivo», según recuerda el Cermi. De acuerdo a este principio, la Ley reconoce la posibilidad de denunciar la actitud tanto de personas físicas como jurídicas. Incluso, si los responsables de la infracción son varios y resulta difícil determinar el grado de participación de cada uno de ellos, la normativa ve posible imputar a todos una responsabilidad solidaria.

Régimen de infracciones y sanciones

Las sanciones muy graves podrán ascender a un millón de euros o acarrear la suspensión total de ayudas oficiales

El texto de la Ley establece que las infracciones pueden hacer referencia a los ámbitos de las telecomunicaciones y sociedad de la información, espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación, transportes; bienes y servicios a disposición del público, y relaciones con las administraciones públicas. Quedan excluidas las consultas en el ámbito del empleo y la ocupación. En cuanto a los denunciantes, reconoce que pueden ser personas con discapacidad, sus familias y representantes legales, así como las organizaciones representativas y asociaciones en las que se integran. Por último, según la importancia de la infracción, ésta se considerará leve, grave y muy grave.

  • Las infracciones leves serán aquéllas que incumplan los principios de la LIONDAU y supondrán multas desde un mínimo de 301 euros hasta un máximo de 30.000 euros.
  • Se considerarán infracciones graves los actos discriminatorios, el incumplimiento de un requerimiento administrativo o de las exigencias de accesibilidad y cualquier forma de presión que se ejerza sobre aquella persona -con discapacidad, física o jurídica- que haya entablado o pretenda entablar una acción legal. Estas infracciones se penalizarán con sanciones de hasta 90.000 euros.
  • Las infracciones serán muy graves cuando se dé una conducta de acoso, el incumplimiento reiterado de los requerimientos administrativos específicos y cualquier forma de presión sobre las autoridades que pretendan ejecutar las medidas previstas en la LIONDAU. Las sanciones podrán ascender a un millón de euros y, en algunos casos, acarrearán también la supresión, cancelación o suspensión total o parcial de las ayudas oficiales relacionadas con el ámbito en el que se produce la infracción.

No obstante, la Ley prevé unos plazos de prescripción de las infracciones. En concreto, las leves prescribirán al año, las graves a los tres años y las muy graves a los cuatro años. Por su parte, las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los cuatro años y las impuestas por faltas muy graves a los cinco años. «De cualquier modo, el abono de las multas impuestas no exime del cumplimiento del resto de las obligaciones que impone la Ley de Igualdad de oportunidades y accesibilidad universal», recuerda la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE).

Dónde presentar las denuncias

Si bien la nueva norma de infracciones y sanciones entra en vigor a partir de este momento, las personas con discapacidad cuentan desde 2005 con la Oficina Permanente Especializada (OPE). Constituida como un órgano de carácter consultivo, permanente y especializado dentro del Consejo Nacional de la Discapacidad, la OPE realiza funciones de asesoramiento, análisis y estudio de denuncias y consultas presentadas por personas discapacitadas. Este organismo aconseja sobre la vía de actuación más adecuada, remite a la Comisión Permanente del Consejo Nacional de la Discapacidad un informe sobre los hechos y propone al Pleno del Consejo una serie de recomendaciones para prevenir o lograr que cese la acción considerada discriminatoria.

Este órgano aconseja sobre la vía de actuación más adecuada para realizar una consulta o presentar una denuncia

La OPE no es, por lo tanto, un órgano resolutivo. Se limita a prestar asesoramiento y apoyo legal, sin tratar de sustituir la labor profesional de los abogados. Su creación se basa en la necesidad de atender a las personas que son objeto de discriminación o consideran vulnerado su derecho a la igualdad de oportunidades por tener reconocida una discapacidad. En este sentido, las personas físicas que solicitan ayuda deben acreditar un grado de minusvalía igual o superior al 33% o bien percibir una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez, así como una pensión de clases pasivas de jubilación o retiro por inutilidad para el servicio.

Una vez estudiada la consulta, la OPE decide si puede ser admitida a trámite o no, es decir, «si los hechos denunciados pueden ser investigados o no». Si se admite a trámite, informa a la persona denunciante sobre todos los pasos que conforman el procedimiento y le permite conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de su expediente. Las formas de contactar con la OPE son mediante:

  • Correo ordinario o presencia física, en la oficina central (Paseo de la Castellana 67, Madrid)
  • Fax 91 363 50 74
  • Teléfono 91 363 51 86
  • DTS 91 363 50 93
  • Correo electrónico ope@mtas.es

Las llamadas telefónicas se atienden en horario de 9:00 a 14:00 horas, mientras que la información presencial requiere cita previa. Además, la OPE cuenta con un plazo de un mes para dar respuesta a las consultas planteadas y un periodo de dos meses para concluir el expediente informativo.

«Estamos preparando las ciudades para futuros discapacitados», afirman desde FAMMA

Otros lugares a los que se puede acudir son las Inspecciones provinciales de Trabajo y Seguridad Social, los Juzgados de guardia y la Oficina de Denuncias de Accesibilidad y Ayudas Técnicas (ODAT), inaugurada por FAMMA en 2001. Hasta ella llegan cada año medio millar de consultas relacionadas con cuestiones de accesibilidad en edificios y responsabilidad de las comunidades de propietarios. Su creación se debió a la gran demanda de personas que, según Font, «no sabían adónde dirigirse para reclamar». La función de la ODAT es asesorar y prestar ayuda. «Reivindicamos la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas para nuestra integración, pero, en realidad, estamos preparando las ciudades para futuros discapacitados, personas que por edad u otra circunstancia padecerán algún tipo de discapacidad a lo largo de su vida», agrega Font.

Adaptación de la OPE

En cumplimiento de la normativa vigente de accesibilidad, las dependencias de la Oficina Permanente Especializada cumplen todos los requisitos para ser accesibles. Existe un sistema de comunicación multidisciplinar que abarca desde la información telefónica, incluidos un dispositivo telefónico para sordos (DTS) y fax, hasta la información presencial, con un sistema de apoyo a la comunicación oral a través de bucle de inducción, labiolectura y lengua de signos básica.

Sus dependencias disponen de un sistema de comunicación multidisciplinar, plazas de aparcamiento reservadas y un interior totalmente accesible

Además, se ha comprobado la accesibilidad de los transportes públicos que llegan hasta la OPE, existen plazas reservadas a quienes tienen tarjeta de aparcamiento para minusválidos y el interior del edificio es accesible a todas las personas con discapacidad en un grado alto: se han instalado rampas alternativas a las escaleras, los baños y aseos son adaptados, los ascensores están previstos para personas usuarias de sillas de ruedas, las botoneras están a una distancia mínima, los pulsadores están en bajorrelieve y en braille, y el interior del despacho al que acceden las personas con discapacidad tiene espacio suficiente de maniobrabilidad.

Publicado en CONSUMER Eroski.

Informe de la FEMP sobre las políticas locales de lucha contra el cambio climático

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LAS CIUDADES

COMIENZAN A REDUCIR

LAS EMISIONES

DE EFECTO INVERNADERO.

Texto: Gabriel Álvarez Fernández

Secretario General de la FEMP y Secretario de la Red Española de Ciudades por el Climahttp://www.agenda21-local.net/portal//ficheros/710femp.pdfglobo.jpg

EN MADRID SIGUE EL GUATEQUE…Y LAS DETENCIONES.

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Ya van cinco detenidos en la trama de corrupción de la ‘operación Guateque’

EUROPA PRESS. 27.12.2007

  • Los arrestros se han producido a lo largo de la mañana.
  • En los próximos días habrá más registros a sedes municipales.

Agentes de la Guardia Civil han detenido a lo largo de esta mañana a cinco funcionarios, algunos con órdenes de prisión, en los seis registros efectuados en varias sedes del Ayuntamiento de Madrid ordenados por el juez Santiago Torres, dentro de la segunda fase de la operación Guateque.Los arrestos se han llevado a cabo hasta las 16.00 horas de hoy y señalaron que ya por la tarde «no se practicarán más detenciones ni registros, aunque no se descarta que se produzcan más en los próximos días».

Es probable que haya más detenciones durante los próximos días

En concreto, las sedes nuevamente registradas son Urbanismo y Medio Ambiente, lugares donde la Benemérita ya realizó varios registros el pasado día 14 de noviembre, cuando salió a la luz la operación Guateque, dirigida por el juez del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid para investigar una presunta trama ilegal de licencias en el Ayuntamiento de Madrid.

Uno de los problemas con los que se ha encontrado la Guardia Civil en esta segunda fase es que muchos funcionarios están actualmente de vacaciones.

Santiago Torres ha comenzado esta semana una nueva ronda de interrogatorios entre los detenidos, comenzando por el jefe de la División de Impacto y Análisis Ambiental del Consistorio, Victoriano Ceballos, uno de los principales  imputados que cumplen prisión provisional por delitos de prevaricación, cohecho y tráfico de influencias.

El juez ha interrogado a más de una veintena de imputados, aunque quedan otros tantos.

La investigación del magistrado, que permanece bajo secreto sumarial, se ha centrado por ahora en las personas citadas en las conversaciones telefónicas interceptadas por la Guardia Civil. En los meses previos a que el caso saliera a la luz, varios de los empleados públicos investigados tuvieron sus teléfonos pinchados por orden del juez.

Ceballos era una de las personas objeto de las escuchas.

Hasta ahora, el juez ha interrogado a más de una veintena de imputados, aunque quedan otros tantos. La marcha de las pesquisas se vio hace unas semanas obstaculizada por la huelga de funcionarios de la Administración de Justicia, que mantuvo paralizada la actividad de la Justicia.

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LOS AYUNTAMIENTOS ESPAÑOLES A LA COLA DE EUROPA EN FINANCIACIÓN Y COMPETENCIAS.

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Los municipios españoles tienen el menor poder de la Unión Europea

 

Se sitúan en los últimos puestos en todos los ránking que miden el nivel competencial y de gastos e ingresos en las administraciones

 

E. Morales / I. Acosta
Madrid. El poder municipal sigue siendo una quimera en España y, excepto en materia urbanística, son pocas las atribuciones competenciales de las que disfrutan los ayuntamientos. Mientras que en el resto de Europa se afianza la descentralización local —gracias a la cesión de impuestos y competencias a las corporaciones locales por los Estados y las administraciones autonómicas—, en España las comunidades no han sido capaces de ceder parte de su poder, que por otro lado han consolidado en los últimos años.

Las regiones españolas son las que mayores presupuestos gestionan en toda Europa y las que mayor número de políticas públicas manejan, mientras que nuestros municipios permanecen en los últimos puestos en todos los ránking que miden el poder de las administraciones públicas.

Pros y contras

La descentralización, por lo general, mejora el servicio que se presta al ciudadano. Esto sucede en mayor medida cuando las necesidades son diferentes y vinculadas a los lugares donde se reside. Además, incentiva la responsabilidad de los niveles administrativos inferiores, que trabajan para conseguir los objetivos fijados por los niveles superiores.

En principio, los ayuntamientos, por su proximidad a los ciudadanos y por el conocimiento de sus necesidades, son los más capacitados para prestar los servicios. Esta cercanía, además, potencia la transparencia y favorece la gestión y eficiencia de los responsables municipales, que tienen condicionada la continuación en el cargo a su labor.

Sin embargo, esta cercanía también entraña riesgos, ya que los grupos de interés tienen mayor acceso a los empleados locales, lo que facilita la corrupción, un aspecto desgraciadamente demasiado ligado a la gestión municipal y que en la mayoría de los casos está vinculada al suelo y el urbanismo.

En general, la descentralización supone el riesgo de que se incremente el peso del sector público, con más gastos, mayor regulación, creación de nuevas empresas e incremento de la plantilla de funcionarios. Y es evidente que pasa. La cesión de competencias a las comunidades ha disparado el número de funcionarios y multiplicado las sociedades de carácter público, una especie en extinción en el Estado tras el profundo proceso de privatizaciones llevado a cabo en las últimas décadas.

El interés por prestar el mejor servicio también ha incrementado los gastos y, al tiempo, se han forzado nuevos marcos regulatorios a la medida de las CCAA.

Modelos diferentes

En Europa se da una enorme variedad de modelos organizativos y existen importantes diferencias entre los países en cuanto a las competencias asignadas a los gobiernos locales. A esta realidad nos acerca un reciente trabajo publicado por el Círculo de Empresarios titulado Un nuevo modelo para los ayuntamientos españoles, en el que además se constata en el escaso poder de los municipios españoles, sin competencias y que apenas gestionan gastos e ingresos.

Las corporaciones locales españolas tienen un gasto sobre el Producto Interior Bruto (PIB) muy inferior al que se registra en el resto de los países europeos. Desde 1995, permanece prácticamente estancado en el 6% del PIB, frente al 10,1% de la Eurozona o el 11,5% de la UE sin Bulgaria y Rumanía.

El porcentaje de gasto público que gestiona la Administración local española (16%) ha crecido ligeramente en la última década, pero está muy lejos de los valores anotados por los países nórdicos y de la media comunitaria, que ronda el 24%.

En materia de ingresos, la cuota local sobre el conjunto de las administraciones es del 14,9%, con tendencia decreciente y frente al 24,9% en la UE-25. No obstante, a Europa esta situación le está costando un desequilibrio, pues el gasto local rebasa los ingresos, paradójicamente en un contexto de clara apuesta por la estabilidad prespuestaria.

Reparto del gasto

Nuestros socios europeos registran una especial incidencia del gasto local en servicios sociales y educación, mientras que en los ayuntamientos y corporaciones locales españolas se detecta un mínimo gasto en educación y sanidad —competencias atribuidas no hace mucho a las comunidades autónomas—.

Así, los ayuntamientos españoles invierten cinco veces menos que la media comunitaria en sanidad y la mitad en educación.

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(Documento íntegro del Círculo de Empresarios dedicado a los ayuntamientos)